Junto al IVA, el otro trámite trimestral habitual para los autónomos es el Modelo 130: el pago fraccionado del IRPF. Aunque suelen presentarse a la vez, son declaraciones distintas y conviene no confundirlas.
¿Qué es el Modelo 130?
El Modelo 130 es el pago fraccionado a cuenta del IRPF que realizan los autónomos en estimación directa (normal o simplificada) sobre el rendimiento neto de su actividad económica. Es, en esencia, un adelanto del impuesto que después se ajusta en la Declaración de la Renta anual.
¿Quién está obligado a presentarlo?
Deben presentarlo los autónomos en estimación directa. Quienes tributan en estimación objetiva (módulos) tienen su propio modelo específico (Modelo 131). Si la mayor parte de tus ingresos ya están sujetos a retención (por ejemplo, facturas a empresas con retención de IRPF aplicada), puede que no tengas que ingresar cantidad en el Modelo 130, aunque en muchos casos sigue existiendo obligación de presentarlo.
¿Cómo se calcula?
Con carácter general, el pago fraccionado se calcula aplicando un porcentaje sobre el rendimiento neto acumulado desde el inicio del año hasta el final del trimestre, restando los pagos fraccionados ya realizados en trimestres anteriores y, en su caso, las retenciones ya soportadas. El resultado puede ser a ingresar o, si las retenciones ya cubren de sobra el pago estimado, no haber cantidad a ingresar.
Plazos de presentación
Se presenta trimestralmente, en los mismos plazos generales que el Modelo 303: durante los primeros veinte días naturales del mes siguiente al cierre de cada trimestre, salvo el del cuarto trimestre, que se presenta en enero.
Modelo 130 vs Modelo 303: no son lo mismo
Es habitual confundirlos porque se presentan en las mismas fechas, pero responden a impuestos distintos: el Modelo 303 declara el IVA de la actividad, mientras que el Modelo 130 es un adelanto del IRPF. Un autónomo puede tener resultado a ingresar en uno y no en el otro, y ambos son independientes entre sí.
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