Además del Impuesto de Sucesiones, heredar un inmueble puede generar otro impuesto que se olvida con frecuencia: la plusvalía municipal. Te explicamos en qué consiste y cómo actuar.

¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal, cuyo nombre técnico es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un impuesto municipal que grava el incremento de valor que ha experimentado un terreno urbano desde su anterior transmisión (compra, herencia o donación anterior) hasta la actual.

¿Cuándo se genera en una herencia?

Se genera en el momento del fallecimiento del causante, si entre los bienes heredados hay algún inmueble urbano (vivienda, local, garaje, terreno urbano). No aplica a fincas rústicas. Cada heredero debe liquidar la parte proporcional correspondiente al inmueble que recibe.

Plazo para liquidarla

El plazo general para liquidar la plusvalía municipal en caso de herencia es de seis meses desde la fecha de fallecimiento, ampliable a un año si se solicita la prórroga dentro de los primeros cinco meses. Es un plazo que conviene tener muy presente, ya que suele coincidir con la tramitación del resto de la herencia.

¿Cómo se calcula?

Tras la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional el método de cálculo anterior en los casos sin incremento real de valor, la normativa permite en la actualidad elegir entre dos sistemas: el método objetivo (basado en el valor catastral del suelo y unos coeficientes según los años transcurridos) o el método de plusvalía real (diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión), aplicando el que resulte más favorable.

¿Y si no ha habido incremento de valor?

Si se puede acreditar que no ha existido incremento de valor del terreno, no debería exigirse el impuesto. Acreditarlo correctamente ante el ayuntamiento requiere presentar la documentación adecuada.

Bonificaciones según el ayuntamiento

Muchos ayuntamientos, incluido el de Jumilla, contemplan bonificaciones en la cuota de la plusvalía municipal cuando el inmueble heredado es la vivienda habitual y los herederos son cónyuge, ascendientes o descendientes, con requisitos y porcentajes que conviene consultar en cada caso.

No dejes pasar el plazo

En Guardiola Asesores nos encargamos de calcular y liquidar la plusvalía municipal de tu herencia dentro de plazo, comprobando si te corresponde alguna bonificación. Contacta con nosotros o llama al 968 78 00 26.

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